Accidente de Tráfico e Indemnización por Tareas del Hogar

Si una persona sufre un accidente de tráfico, y, a consecuencia del mismo sufre lesiones que le impiden llevar a cabo las tareas del hogar, tiene derecho a ser indemnizada.
Para que prospere una reclamación por lucro cesante, no es preciso que la persona lesionada desempeñe un trabajo remunerado, sea por cuenta propia o ajena, sino que basta con que se dedique a las tareas del hogar, o, las compatibilice con su trabajo remunerado, y, a consecuencia del accidente de tráfico, dadas las lesiones sufridas, se encuentre imposibilitada de llevarlas a cabo. La imposibilidad de realizar las tareas domésticas genera el derecho a ser resarcido por lucro cesante.

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Artículo 143.4 LRCSCVM: «La dedicación a las tareas del hogar se valorará en la cantidad diaria de un salario mínimo interprofesional anual hasta el importe máximo total correspondiente a una mensualidad en los supuestos de curación sin secuelas o con secuelas iguales o inferiores a tres puntos. En los demás casos se aplicarán los criterios previstos en el artículo 131 relativos al multiplicando aplicable en tales casos«.

Artículo 131 LRCSCVM:

a) Se valorará el trabajo no remunerado en el equivalente a un salario mínimo interprofesional anual.
b) En unidades familiares de más de dos personas dicha equivalencia se incrementará en un 10% del salario mínimo interprofesional anual por cada persona menor de edad, con discapacidad o mayor de sesenta y siete años que conviva con el lesionado en la unidad familiar, sin que ese incremento adicional pueda superar el importe de un salario mínimo interprofesional anual y medio.

El lucro cesante, en unidades familiares de más de dos personas, será el equivalente a un SMI anual con un incremento del 10% (hasta un máximo de un SMI y medio anual) por cada miembro de la unidad familiar que exceda de dos, siempre que sea un menor, persona con discapacidad o mayor de sesenta y siete años.

Para poder calcular el lucro cesante de las personas que se dedicaran a las tareas del hogar al tiempo del accidente de tráfico, es preciso esperar a la finalización del proceso curativo, ya que no es hasta este momento cuando se puede determinar si el lesionado padece (o no) secuelas, y si éstas tienen una puntuación igual, inferior o superior a tres puntos.
 

Tareas del hogar

Las tareas del hogar se refieren al trabajo doméstico (limpieza, alimentación, atención de familiares etc) destinado a satisfacer las necesidades de la unidad familiar, entendiéndose por ésta, conforme señala el artículo 60 LRCSCVM «la integrada, en caso de matrimonio o pareja de hecho estable, por los cónyuges o miembros de la pareja y, en su caso, por los hijos, ascendientes y demás familiares y allegados que convivan con ellos. También es unidad familiar la que conlleve, por lo menos, la convivencia de un ascendiente con un descendiente o entre hermanos«.

Lucro Cesante

El lucro cesante es la ganancia que se deja de obtener o la pérdida de ingresos consecuencia de los daños, personales o materiales, sufridos a consecuencia de un accidente de tráfico.
El lucro cesante debe delimitarse, ya que siempre se ciñe a un periodo concreto, que es el que abarca desde el día del accidente hasta el final del proceso curativo o hasta la estabilización de la lesión y su conversión en secuela.

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