JUICIO RÁPIDO POR ALCOHOLEMIA – GUÍA COMPLETA.-

El juicio rápido por alcoholemia es un proceso judicial que permite enjuiciar en un espacio temporal breve, el delito de alcoholemia, esto es, el delito por conducir un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas o con una tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado.
Si está leyendo este post, es posible que haya dado positivo en un control de alcoholemia y que la policía le haya entregado una citación para comparecer en la sede de un Juzgado de Instrucción para que concurra a la celebración de un juicio rápido. Su juicio rápido. Si se encuentra en esa situación, desde Defensa Directa Abogados le contamos lo que sucederá.

Regulación legal del Juicio Rápido por Alcoholemia

En el Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, dedicado a los “Procedimientos Especiales”, se encuentra el Título III en el que se regula “el procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos”, esto es, el procedimiento que se suele conocer comúnmente como juicio rápido.

Los delitos contra la seguridad del tráfico, como es el “delito de alcoholemia”, esto es, el hecho de conducir un vehículo a motor o ciclomotor superando los límites de alcohol expresamente establecidos en nuestra legislación, es uno de los grupos de delitos que la Ley contempla para que puedan ser enjuiciados bajo el procedimiento de juicio rápido.

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En muchas ocasiones el procedimiento juicio rápido se incoa en virtud del atestado policial al arrojar el conductor una tasa de alcohol superior al máximo de la tasa permitida. El conductor puede ser citado por la policía para que comparezca en la sede de un Juzgado de Instrucción un determinado día / hora.

Asimismo, otra de las características para que el “delito de alcoholemia” se enjuicie bajo el procedimiento de juicio rápido, es que la instrucción (la investigación de los hechos) sea sencilla, lo que ocurre cuando el conductor arroja una tasa positiva de alcoholemia en la prueba a la que se le somete en un control preventivo de alcoholemia que realiza la policía o guardia civil.

Desarrollo del Juicio Rápido por Alcoholemia

La policía judicial remitirá el atestado policial al Juzgado de Instrucción que se encuentre de guardia, y éste incoará diligencias urgentes, y llevará a cabo una serie de actuaciones, como es, recabar los antecedentes penales del conductor detenido o del conductor investigado. Por su parte, éste, que habría sido citado previamente por la policía o guardia civil para comparecer en la sede del Juzgado, debe de acudir el día/hora señalado en la citación, asistido de abogado.

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Citación

El conductor será citado para comparecer en la sede del Juzgado de Instrucción.

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COMPARECENCIA

El conductor debe de comparecer en la sede del Juzgado, asistido de abogado.

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ANTECEDENTES PENALES

En el Juzgado se recabarán los antecedentes penales del conductor.

Examinar el atestado elaborado por policía o guardia civil es fundamental, dado que es la base en la que se sustentará la acusación.

Desenlace del Juicio Rápido por Alcoholemia

Abierto el juicio oral, el Ministerio Fiscal presentará su escrito de acusación, por escrito u oralmente. Por su parte, el abogado defensor (del conductor acusado), a la vista de la acusación formulada por el Ministerio Fiscal, podrá mostrar su conformidad con la misma, o, podrá oponerse, formulando en ese mismo acto, de forma oral, la defensa, o podrá solicitar formular la defensa por escrito en el plazo máximo de cinco días.
En caso de conformidad, el Juzgado de Instrucción dictará sentencia en ese ismo acto. En el supuesto de no mediar conformidad, el Letrado de la Administración de Justicia citará a las partes para la celebración del juicio oral ante el Juzgado de lo Penal, señalándose la Vista en la fecha más próxima posible y, en cualquier caso, dentro de los 15 días siguientes.
El juicio tendrá lugar ante el Juzgado de lo Penal, por tanto, será éste el órgano jurisdiccional que dicte sentencia.

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